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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206261
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 257

SUPLENCIA DE LA QUEJA INEXISTENTE EN BENEFICIO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE CUANDO, AL EXAMINAR LOS ACTOS RECLAMADOS, EL JUZGADOR HACE RAZONAMIENTOS QUE NO SE CONTIENEN EN EL INFORME JUSTIFICADO.

[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 257

Precedentes

Amparo en revisión 2586/88. Escuela Moderna Americana, S. C. 15 de mayo de 1989. 5 votos. Ponente: Victoria Adato Green. Secretario: Luz Cueto Martínez. Nota: En el Informe de 1989, esta tesis aparece bajo el rubro: "SENTENCIA EN UN JUICIO DE AMPARO. NO HAY SUPLENCIA DE LA QUEJA EN BENEFICIO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE CUANDO, AL EXAMINAR LOS ACTOS RECLAMADOS, EL JUZGADOR HACE RAZONAMIENTOS QUE NO SE CONTIENEN EN EL INFORME JUSTIFICADO.".
Registro digital (IUS): 206261