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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206277
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 159

QUERELLA, FALTA DE, POR DAÑOS A LA FEDERACION. COMPETENCIA FEDERAL NO SURTIDA.

[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 159

Precedentes

Competencia 100/88. Juez Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz, y Juez Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tuxpan de Rodríguez Cano, en la propia entidad federativa. 19 de octubre de 1988. 5 votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretaria: María Eugenia Martínez Cardiel. Competencia 31/88. Suscitada entre el Juez Tercero de Distrito en Materia Penal en el Distrito Federal, y el Juez Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco. 24 de agosto de 1988. 5 votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretaria: María Eugenia Martínez Cardiel. Nota: En el Informe de 1988, esta tesis aparece bajo el rubro: "COMPETENCIA. NO SE SURTE EN FAVOR DEL FUERO FEDERAL CUANDO NO HAY QUERELLA DE PARTE LEGITIMA EN DAÑOS CAUSADOS A LA FEDERACION.".
Registro digital (IUS): 206277