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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 206305
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 199
ROBO. DIVISION DEL CONCURSO REAL DE DELITOS PARA LOS EFECTOS DE LA RESPONSABILIDAD.
[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 199
Cuando los activos confiesan con uniformidad haber participado en la comisión de un número determinado de robos y hasta detallan con precisión las circunstancias del modo, tiempo, espacio y ejecución de cada uno, y coetáneamente omiten referirse a su autoría en la producción de otro de esos ilícitos, producción que sólo descansa en la aislada denuncia del ofendido, quien ni siquiera formula una imputación directa contra aquéllos, el concurso real homogéneo debe dividirse para considerar que los acusados son responsables de los diversos delitos que admitieron pero no del simplemente denunciado.
Precedentes
Amparo directo 8549/86. Carlos Arreola García. 7 de enero de 1988. Ponente: Victoria Adato Green. Secretario: Luis Pérez de la Fuente.