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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206311
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 202

SOBRESEIMIENTO. CESACION DE LOS EFECTOS DEL ACTO RECLAMADO. OFICIO DE REVOCACION NO NOTIFICADO.

[TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 202

Precedentes

Amparo en revisión 6613/86. Elena Bello Uranga. 11 de mayo de 1988. Cinco votos. Ponente: Victoria Adato Green. Secretario: Raúl Melgoza Figueroa.
Registro digital (IUS): 206311