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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
2a. XXII/94 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206329
Clave de tesis
2a. XXII/94
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 48

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, SU ARTICULO 109 QUE OTORGA FACULTADES AL SECRETARIO DEL RAMO, PARA CAMBIAR LA SEDE Y SEÑALAR LA CIRCUNSCRIPCION TERRITORIAL DE LAS AUTORIDADES FISCALES, NO ES INCONSTITUCIONAL.

[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 48

Precedentes

Amparo en revisión 175/94. Arturo Filio Rubio. 5 de septiembre de 1994. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Atanasio González Martínez. Ponente: Noé Castañón León. Secretario: Sergio Eduardo Alvarado Puente.
Registro digital (IUS): 206329