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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: En términos del considerando sexto de la sentencia que recayó a la contradicción de tesis 5/93, de la que derivó la tesis 2a./J. 51/95, de rubro: "CUOTAS OBRERO-PATRONALES. LA PRESTACION CONSISTENTE EN AYUDA DE RENTA NO ES EQUIPARABLE A LAS APORTACIONES AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA EFECTOS DE INTEGRACION DEL SALARIO BASE DE COTIZACION.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, septiembre de 1995, página 244, la Segunda Sala abandonó el criterio contenido en esta tesis.

2a./J. 11/94 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206344
Clave de tesis
2a./J. 11/94
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 80, Agosto de 1994; Pág. 17

CUOTAS OBRERO PATRONALES. LA AYUDA DE RENTA QUE LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD OTORGA A SUS TRABAJADORES EQUIVALE A LAS APORTACIONES AL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, PARA EL EFECTO DEL PAGO DE LAS.

[J]; 8a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 80, Agosto de 1994; Pág. 17

Precedentes

Contradicción de tesis 30/93. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero del Sexto Circuito. 4 de julio de 1994. Mayoría de tres votos. Disidente: José Manuel Villagordoa Lozano. Ausente: Carlos de Silva Nava. Ponente: Atanasio González Martínez, quien hizo suyo el asunto en ausencia del ministro Carlos de Silva Nava. Secretario: Maximiliano Toral Pérez. Tesis de Jurisprudencia 11/94. Aprobada por la Segunda Sala de este alto Tribunal, en sesión privada de doce de julio de mil novecientos noventa y cuatro, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: Presidente Atanasio González Martínez, Carlos de Silva Nava, José Manuel Villagordoa Lozano y Noé Castañón León. Ausente: Fausta Moreno Flores. Nota: En términos del considerando sexto de la sentencia que recayó a la contradicción de tesis 5/93, de la que derivó la tesis 2a./J. 51/95, de rubro: "CUOTAS OBRERO-PATRONALES. LA PRESTACION CONSISTENTE EN AYUDA DE RENTA NO ES EQUIPARABLE A LAS APORTACIONES AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA EFECTOS DE INTEGRACION DEL SALARIO BASE DE COTIZACION.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, septiembre de 1995, página 244, la Segunda Sala abandonó el criterio contenido en esta tesis.
Registro digital (IUS): 206344