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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
2a./J. 12/93 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206367
Clave de tesis
2a./J. 12/93
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 75, Marzo de 1994; Pág. 17

CONTRADICCION DE TESIS, EL PROCEDIMIENTO PARA DIRIMIRLA ES APLICABLE CUANDO UNA DE ELLAS SE HA SUSTENTADO EN AMPARO Y LA OTRA EN REVISION FISCAL.

[J]; 8a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 75, Marzo de 1994; Pág. 17

Precedentes

Contradicción de tesis 1/89. Entre las sustentadas por el Segundo y Tercer Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito. 15 de junio de 1990. Cinco votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Agustín Urdapilleta Trueba. Contradicción de tesis 6/89. Entre las sustentadas por el Tercero y Cuarto Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito. 20 de agosto de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Fausta Moreno Flores de Corona. Secretario: Mario Alberto Adame Nava. Contradicción de tesis 1/90. Entre las sustentadas por el Segundo y Tercer Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito. 12 de mayo de 1991. Cinco votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Rolando Romero Morales. Contradicción de tesis 5/90. Entre las sustentadas por el Quinto y el Sexto Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito. 23 de septiembre de 1991. Cinco votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Rolando Romero Morales. Contradicción de tesis 23/92. Entre las sustentadas por el Primero y Segundo Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 16 de marzo de 1993. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Atanasio González Martínez. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Rolando González Licona. Tesis de Jurisprudencia 12/93. Aprobada por la Segunda Sala de este alto Tribunal, en sesión privada de diez de noviembre de mil novecientos noventa y tres, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Presidente Noé Castañón León, Atanasio González Martínez, Carlos de Silva Nava, José Manuel Villagordoa Lozano y Fausta Moreno Flores. Notas: Esta tesis 12/93, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, número 72 (diciembre de 1993) página 14, se vuelve a publicar con correcciones que envía la Sala. Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo III, Materia Administrativa, Primera Parte, tesis 418, página 307, así como en el Tomo VI, Materia Común, Primera Parte, tesis 180, página 122.
Registro digital (IUS): 206367