Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/206406
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 16 de junio de 1999, la Primera Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 45/99 en que participó el presente criterio.

2a. VII/93 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206406
Clave de tesis
2a. VII/93
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 8

VEHICULOS EXTRANJEROS USADOS. DECRETO DE TRECE DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS, MEDIANTE EL CUAL SE OTORGAN FACILIDADES PARA SU REGULARIZACION, A LOS PROPIETARIOS DE. SUS ARTICULOS PRIMERO Y TERCERO NO SON VIOLATORIOS DEL ARTICULO 13 CONSTITUCIONAL.

[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 8

Precedentes

Amparo en revisión 844/92. Carlos Rivapalacio Magaña. 19 de abril de 1993. Cinco votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Rolando González Licona. Nota: Por ejecutoria de fecha 16 de junio de 1999, la Primera Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 45/99 en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 206406