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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
2a. VIII/92 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 206430
- Clave de tesis
- 2a. VIII/92
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 42
COMPETENCIA. CUANDO LAS AUTORIDADES RESPONSABLES EJECUTORAS PUEDEN ACTUAR DENTRO DEL AMBITO TERRITORIAL EN QUE EJERCEN JURISDICCION LOS JUECES CONTENDIENTES, DEBE RESOLVERSE EN FAVOR DEL QUE PREVINO.
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 42
Si las autoridades responsables señaladas como ejecutoras pueden actuar dentro de la jurisdicción territorial de cada uno de los juzgados de Distrito contendientes y, por ende, los actos reclamados pueden tener ejecución material dentro de esas jurisdicciones, bajo la premisa de que se trata de actos que requieren ejecución material, será competente para conocer de la demanda de amparo, cualquiera de ellos, a prevención, en términos del segundo párrafo del artículo 36 de la Ley de Amparo. Consecuentemente, el juez de Distrito que previno en el conocimiento de la demanda es quien debe continuar conociendo de ella.
Precedentes
Competencia 39/92. Suscitada entre la Juez Tercero de Distrito en el Estado de México y el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal. 12 de junio de 1992. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos de Silva Nava. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Jorge Antonio Cruz Ramos.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 2a./J. 2/95, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo I, Abril de 1995, página 31, de rubro: "COMPETENCIA. CUANDO LAS AUTORIDADES RESPONSABLES EJECUTORAS PUEDEN ACTUAR DENTRO DEL AMBITO TERRITORIAL EN QUE EJERCEN JURISDICCION LOS JUECES CONTENDIENTES, DEBE RESOLVERSE EN FAVOR DEL QUE PREVINO."