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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 206471
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 125
REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO DE LAS EMPRESAS. INTERES JURIDICO.
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 125
Las empresas mercantiles, para acreditar el interés jurídico, en los juicios de Amparo que promuevan contra el Reglamento de la Ley del Impuesto al Activo de la Empresas, no sólo tienen que probar que están constituidas como tales, sino que se encuentran desarrollando una actividad empresarial y que tiene un activo, de conformidad con el artículo primero de la ley relativa, que establece que las sociedades mercantiles y las personas físicas que realicen actividades empresariales, están obligadas al pago de dicho impuesto, por su activo.
Precedentes
Amparo en revisión 2757/89. Modul Set, S.A. de C.V. 15 de junio de 1990. Mayoría de 4 votos. Disidente: Atanasio González Martínez. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: José Luis Mendoza Montiel.