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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206477
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 134

COMPETENCIA ENTRE EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION Y EL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL. DEMANDAS PRESENTADAS A PARTIR DE LA VIGENCIA DEL DECRETO DE 3 DE ENERO DE 1979.

[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 134

Precedentes

Competencia 200/88. Primera Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal y Tercera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Fiscal de la Federación. 15 de mayo de 1989. 5 votos. Ponente: Carlos de Silva Nava. Secretario: Víctor Manuel Campuzano Medina.
Registro digital (IUS): 206477