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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206479
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 135

INFORME JUSTIFICADO NO DADO A CONOCER OPORTUNAMENTE AL QUEJOSO. EL TENERLO POR RENDIDO NO CAUSA AGRAVIO AL QUEJOSO SI LA VIOLACION NO TRASCIENDE AL RESULTADO DEL FALLO.

[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 135

Precedentes

Amparo en revisión 1705/88. Tempo Internacional, S.A. 26 de junio de 1989. Unanimidad de 4 votos. Ausente: Carlos de Silva Nava. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Guillermo Cruz García. Amparo en revisión 2007/88. Compugraphic de México, S.A. 24 de abril de 1989. 5 votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Secretaria: Amanda R. García González.
Registro digital (IUS): 206479