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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206507
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 281

INTERES JURIDICO. LA CERTEZA DE LOS ACTOS RECLAMADOS NO PRUEBA LA DE TODOS LOS HECHOS DE LA DEMANDA.

[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 281

Precedentes

Amparo en revisión 3158/88. Transportes Acoxpa, S. A. de C.V. 31 de mayo de 1989. 5 votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Guillermo Cruz García.
Registro digital (IUS): 206507