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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206511
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 283

LEYES DE INGRESOS GENERALES. NO ES NECESARIO IMPUGNARLAS PARA RECLAMAR LAS TRIBUTARIAS ESPECIALES.

[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 283

Precedentes

Amparo en revisión 3227/67. Raúl Jorge Basurto. 8 de marzo de 1989. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Roberto Avendaño.
Registro digital (IUS): 206511