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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206517
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 291

REVISION, LEGITIMACION DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EJECUTORA PARA INTERPONER EL RECURSO DE.

[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 291

Precedentes

Reclamación en amparo en revisión 10146/83. Mario Medellín Ocádiz. 15 de mayo de 1989. 5 votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Secretario: Pablo Domínguez Peregrina. Nota: En el Informe de 1989, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSO DE REVISION, LEGITIMACION DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EJECUTORA PARA INTERPONERLO.".
Registro digital (IUS): 206517