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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 206517
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 291
REVISION, LEGITIMACION DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EJECUTORA PARA INTERPONER EL RECURSO DE.
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 291
La autoridad responsable ejecutora está legitimada para interponer el recurso de revisión cuando mediante él, no pretende sostener la validez de los actos de la ordenadora, sino cuestiones diversas que la afectan directamente.
Precedentes
Reclamación en amparo en revisión 10146/83. Mario Medellín Ocádiz. 15 de mayo de 1989. 5 votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Secretario: Pablo Domínguez Peregrina.
Nota: En el Informe de 1989, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSO DE REVISION, LEGITIMACION DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EJECUTORA PARA INTERPONERLO.".