Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/206536
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206536
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 222

CORREDORES PUBLICOS, CERTIFICACIONES EXPEDIDAS POR LOS, FUERA DE LA ESFERA DE SU COMPETENCIA. TIENEN EL VALOR DE COPIAS SIMPLES.

[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 222

Precedentes

Amparo en revisión 5844/83. María Trinidad Corral Chagolla. 30 de mayo de 1988. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Atanasio González Martínez. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: José Antonio García Guillén.
Registro digital (IUS): 206536