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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206541
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 227

LEYES FISCALES HETEROAPLICATIVAS, TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL AMPARO CONTRA. DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE LA NOTIFICACION AUNQUE SE ALEGUE QUE FUE ILEGAL.

[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 227

Precedentes

Amparo en revisión 7320/85. Hilos Claudia, S.A. de C.V. 29 de junio de 1988. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Atanasio González Martínez. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: José Antonio García Guillén.
Registro digital (IUS): 206541