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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 206545
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 239
AGRARIO. PRUEBAS PERICIAL Y TESTIMONIAL: OMISION DE ENTREGAR LAS COPIAS DEL CUESTIONARIO Y DEL INTERROGATORIO A UNA DE LAS PARTES. NO DEBE REPONERSE EL PROCEDIMIENTO CUANDO SE ADVIERTE NOTORIAMENTE QUE NO SE BENEFICIARA A QUIEN DEBERIAN HABER SIDO ENTREGADAS.
[TA]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 239
Aun cuando se haya omitido entregar al poblado tercero perjudicado las copias del interrogatorio y del cuestionario al tenor de los cuales, respectivamente, deberían desahogarse las pruebas testimonial y pericial anunciadas por el quejoso, no procede remediar esa irregularidad cuando notoriamente no produce ningún beneficio a aquella parte ordenar que se le corra el traslado correspondiente, dado el sentido de la sentencia de sobreseimiento dictada.
Precedentes
Amparo en revisión 8115/86. Pedro Armendáriz Salazar y otro. 3 de junio de 1987. Mayoría de 3 votos. Disidentes: Atanasio González Martínez y Noé Castañón León. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretaria: Luz María Díaz de Silva.
Séptima Epoca, Volúmenes 187-192, Tercera Parte, página 22.