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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206550
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 261

IMPUESTOS, INCREMENTO EN MAS DE CIEN POR CIENTO A LOS, NO LOS CONVIERTE EN DESPROPORCIONADOS E INEQUITATIVOS.

[J]; 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 261

Precedentes

Amparo en revisión 6234/84. Jesús Valdez Esquer. 14 de enero de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Roberto Avendaño. Amparo en revisión 7948/83. Pacas de Metal y Laminación, S.A. 20 de mayo de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: Guillermo David Vázquez Ortiz. Amparo en revisión 6748/83. Filemón Olivas Ramos y otros. 20 de mayo de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Secretario: Guillermo David Vázquez Ortiz. Amparo en revisión 9362/83. Rebeca Pérez y otros. 20 de mayo de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: Guillermo David Vázquez Ortiz. Amparo en revisión 9631/83. Manantiales Peñafiel, S.A. y otros. 20 de mayo de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: Guillermo David Vázquez Ortiz.
Registro digital (IUS): 206550