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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a./J. 34/94JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206559
Clave de tesis
3a./J. 34/94
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 3a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 84, Diciembre de 1994; Pág. 23

EMBARGO TRABADO EN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. NO PROCEDE SU SUBSTITUCION POR FIANZA.

[J]; 8a. Época; 3a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 84, Diciembre de 1994; Pág. 23

Precedentes

Contradicción de tesis 15/94. Entre las sustentadas por el Segundo y el Tercer Tribunales Colegiados en Materia Civil del Tercer Circuito. 24 de octubre de 1994. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Miguel Montes García. Secretario: Martín Alejandro Cañizales Esparza. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Tesis de Jurisprudencia 34/94. Aprobada por la Tercera Sala de este alto Tribunal, en sesión de veinticuatro de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: Presidente Carlos Sempé Minvielle, Sergio Hugo Chapital Gutiérrez, Miguel Montes García y Diego Valadés. Ausente: Mariano Azuela Güitrón.
Registro digital (IUS): 206559