Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/206568
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a./J. 31/94 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 206568
- Clave de tesis
- 3a./J. 31/94
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; 3a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 83, Noviembre de 1994; Pág. 22
SOCIEDAD CONYUGAL, DEBEN CONSIDERARSE INCLUIDOS EN ELLA LOS BIENES ADQUIRIDOS POR HERENCIA POR UNO DE LOS CONYUGES, SI EN LAS CAPITULACIONES MATRIMONIALES SE PACTO QUE AQUELLA COMPRENDERIA TODOS LOS QUE ADQUIRIERAN ESTOS DURANTE SU VIDA MATRIMONIAL.
[J]; 8a. Época; 3a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 83, Noviembre de 1994; Pág. 22
Si el matrimonio se celebró bajo el régimen de sociedad conyugal y en las capitulaciones matrimoniales se pactó que ésta comprendería todos los bienes muebles e inmuebles y sus productos que los consortes adquirieran durante su vida matrimonial, incluyendo el producto del trabajo, se debe considerar que en ella se encuentran comprendidos todos, incluso los que ingresen al patrimonio de los consortes a título gratuito, por donación o herencia. Lo contrario implicaría ir en contra de la voluntad de las partes, que optaron de manera libre por la mancomunidad de bienes en su modalidad universal, sin distinguir entre los adquiridos a título oneroso y los adquiridos a título gratuito.
Precedentes
Contradicción de tesis 6/94. Sustentadas por el Quinto y Sexto Tribunales Colegiados en Materia Civil del Primer Circuito. 26 de septiembre de 1994. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Sempé Minvielle. Secretaria: Teresa Munguía Sánchez.
Tesis de Jurisprudencia 31/94. Aprobada por la Tercera Sala de este alto Tribunal, en sesión de veintiséis de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: Presidente Carlos Sempé Minvielle, Sergio Hugo Chapital Gutiérrez, Miguel Montes García y Diego Valadés. Estuvo ausente el Ministro Mariano Azuela Güitrón, por estar disfrutando de vacaciones.