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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. L/94 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206574
Clave de tesis
3a. L/94
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 83

COMPETENCIA POR DECLINATORIA. LA MANIFESTACION DEL DEMANDADO, DE QUE CONTESTA AD CAUTELAM, NO MODIFICA EL PLAZO PARA PROMOVER AQUELLA.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 83

Precedentes

Competencia civil 297/92. Suscitada entre los Jueces Segundo de lo Civil de La Paz, Baja California Sur y de Distrito en el Estado de Baja California Sur. 29 de agosto de 1994. Cinco votos. Ponente: Miguel Montes García. Secretario: Ignacio Navarro Rábago.
Registro digital (IUS): 206574