Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/206587
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. XL/94Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206587
Clave de tesis
3a. XL/94
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 131

INHIBITORIA CIVIL ENTRE JUECES DE DIVERSAS ENTIDADES FEDERATIVAS. QUEDA SIN MATERIA CUANDO YA SE DICTO SENTENCIA EN EL JUICIO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 131

Precedentes

Competencia civil 59/94. Suscitada entre los jueces Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Distrito Judicial de Tabares de Acapulco, Guerrero y Tercero de lo Familiar de Puebla. 7 de julio de 1994. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot.
Registro digital (IUS): 206587