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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. XLVII/94Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206591
Clave de tesis
3a. XLVII/94
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 133

REVISION EN AMPARO DIRECTO. PROCEDE EL ANALISIS DE UN AGRAVIO DISTINTO A LA CUESTION PROPIAMENTE CONSTITUCIONAL, CUANDO PARA DECIDIR ESTA SE DEBA EXAMINAR PREVIAMENTE DICHO AGRAVIO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 133

Precedentes

Amparo directo 2044/93. Alfonso Velázquez Hernández. 7 de julio de 1994. Cinco votos. Ponente: Carlos Sempé Minvielle. Secretaria: María del Rosario Parada Ruiz.
Registro digital (IUS): 206591