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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. LXXV/93 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206681
Clave de tesis
3a. LXXV/93
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 357

COMPETENCIA POR INHIBITORIA. ES PROCEDENTE SI LA LEGISLACION DE UN ESTADO AUTORIZA SU PROMOCION POR ESTA VIA Y LA DE OTRO NO. (LEGISLACION DE LOS ESTADOS DE QUERETARO Y GUANAJUATO).

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 357

Precedentes

Competencia civil 121/93. Suscitada entre los Jueces Primero de lo Familiar de Querétaro y Séptimo Civil de León, Guanajuato. 15 de noviembre de 1993. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Miguel Montes García. Secretario: Ignacio Navarro Rábago.
Registro digital (IUS): 206681