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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. LXVIII/93Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206688
Clave de tesis
3a. LXVIII/93
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 361

REVISION. DEBE DESECHARSE LA ADHESION DE TAL RECURSO HECHA VALER POR QUIEN AFIRMA TENER FACULTADES PARA REPRESENTAR A LA AUTORIDAD RESPONSABLE SI NO MANIFIESTA QUE LO HACE EN SU AUSENCIA.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 361

Precedentes

Amparo en revisión 833/93. Chappel de México, S.A. de C.V. 4 de octubre de 1993. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.
Registro digital (IUS): 206688