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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. XXIX/93 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206735
Clave de tesis
3a. XXIX/93
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 24

IMPEDIMENTO. NO IMPLICA CAUSA DEL MISMO LA CIRCUNSTANCIA DE QUE UNA DE LAS PARTES HUBIESE PRESENTADO DEMANDA EN CONTRA DE LOS MAGISTRADOS ANTE LA COMISION SUBSTANCIADORA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 24

Precedentes

Impedimento 32/93. Seguros América, S.A. 15 de marzo de 1993. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Trinidad Lanz Cárdenas. Secretario: Antonio Marmolejo López.
Registro digital (IUS): 206735