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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. XXV/93Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 206737
- Clave de tesis
- 3a. XXV/93
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 52
PRUEBA PERICIAL. SU IDONEIDAD PARA ACREDITAR INTERESES JURIDICOS AFECTADOS POR DECRETOS DE EXPROPIACION POR POLIGONOS.
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 52
La expropiación por razones de urbanismo supone la previa calificación de determinadas superficies territoriales como susceptibles de ser destinadas a los fines de la medida. Cuando tal determinación no se contrae a la particularización individual o genérica de los bienes de terceros ubicados en la superficie considerada, porque ninguno de ellos, valorado aisladamente, resulta apto para satisfacer el interés público que preside la mencionada calificación, se da la necesidad, por razones de precisión, de establecer los límites del área respectiva aplicando la topografía, la fotogrametría o determinadas técnicas científicas de medición de terrenos. Consecuentemente, una de las formas de fijar los límites de la superficie expropiada es la de establecer los polígonos que la componen. Ahora bien, decretada la expropiación en tales términos, la prueba idónea de que un determinado bien particular queda comprendido en el área expropiada y, por ende, que se afecta un interés jurídico de la parte quejosa, máxime cuando no se admite así por las responsables ni se deriva claramente de algún otro medio de prueba eficaz, no puede ser otra que la pericial pues, conforme a los artículos 143 y 211 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicables supletoriamente a la materia del amparo, compete a quien tiene conocimientos técnicos o científicos en las disciplinas de medición de terrenos, ilustrar al juzgador sobre tal hecho pues, en principio, los otros elementos de convicción que ofreciera el interesado, podrían carecer de eficacia probatoria suficiente frente a la información de carácter estrictamente técnico que, en su caso, surgiera de la prueba pericial respectiva.
Precedentes
Amparo en revisión 95/93. Francisco Rubí Morales y otros. 15 de marzo de 1993. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Trinidad Lanz Cárdenas. Secretario: Gabriel Ortiz Reyes.