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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. XII/93Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206753
Clave de tesis
3a. XII/93
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 8

INEJECUCION DE SENTENCIA. QUEDA SIN MATERIA EL INCIDENTE, SI SE DEMUESTRA QUE CON ANTERIORIDAD A LA EMISION DE LA SENTENCIA RELATIVA LAS AUTORIDADES HABIAN RESUELTO FAVORABLEMENTE LA SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE DERECHOS AGRARIOS FORMULADA POR LA QUEJOSA.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 8

Precedentes

Incidente de inejecución de sentencia 163/92. Marina Ramírez. 1o. de febrero de 1993. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Ethel Lizette del C. Rodríguez Arcovedo.
Registro digital (IUS): 206753