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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. I/93Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206763
Clave de tesis
3a. I/93
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XI, Enero de 1993; Pág. 13

COLONIAS AGRARIAS. NO LES SON APLICABLES LAS DISPOSICIONES DEL AMPARO AGRARIO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XI, Enero de 1993; Pág. 13

Precedentes

Amparo en revisión 34/92. Colonia General Lázaro Cárdenas del Municipio de San Juan Evangelista, Veracruz, y otros. 14 de diciembre de 1992. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Ma. Estela Ferrer Mac Gregor Poisot.
Registro digital (IUS): 206763