Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/206809
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. LVII/92 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206809
Clave de tesis
3a. LVII/92
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 151

DOMICILIO DE LAS INSTITUCIONES DE BANCA MULTIPLE. PARA EFECTOS DE COMPETENCIA RESPECTO DE JUICIOS RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS POR SUS SUCURSALES, ES EL LUGAR EN QUE ESTAS SE ENCUENTRAN ESTABLECIDAS.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 151

Precedentes

Competencia civil 106/92. Suscitada entre los Jueces Décimo Primero de lo Civil del Distrito Federal y Primero de lo Civil de Ensenada, Baja California. 6 de julio de 1992. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Miguel Montes García. Ponente: José Trinidad Lanz Cárdenas. Secretario: Arturo García Torres.
Registro digital (IUS): 206809