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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. LIX/92Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206816
Clave de tesis
3a. LIX/92
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 154

NULIDAD DE ACTUACIONES. SI ESTA PENDIENTE EL INCIDENTE ES IMPROCEDENTE EL AMPARO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 154

Precedentes

Amparo en revisión 1608/91. Ladrillera Mecanizada, S.A. de C.V. 6 de julio de 1992. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Miguel Montes García. Ponente: José Trinidad Lanz Cárdenas. Secretario: Arturo García Torres.
Registro digital (IUS): 206816