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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a.II/92Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 206871
- Clave de tesis
- 3a.II/92
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 66
INEJECUCION DE SENTENCIA. DEBE DECLARARSE SIN MATERIA EL INCIDENTE SI HABIENDOSE OTORGADO EL AMPARO PARA QUE SE CONTINUARA EL TRAMITE DE UN EXPEDIENTE AGRARIO HASTA PONERLO EN ESTADO DE RESOLUCION, SE INFORMA SOBRE LA REANUDACION DEL TRAMITE RELATIVO.
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IX, Enero de 1992; Pág. 66
Si en un incidente de inejecución de sentencia, relativo a un juicio de amparo en el que se otorgó la protección constitucional al poblado quejoso para el efecto de que se continuara el trámite del expediente de solicitud de tierras y creación de un nuevo centro de población hasta ponerlo en estado de resolución, la autoridad responsable informa sobre la reanudación del procedimiento que se tenía suspendido, el incidente de inejecución de sentencia debe declararse sin materia ante el cumplimiento de la autoridad, pero al no encontrarse limitados los efectos de la ejecutoria de garantías a la sola reanudación del trámite del expediente relativo, sino también a la continuación del mismo hasta ponerlo en estado de resolución, la autoridad responsable queda obligada a seguirlo tramitando hasta dejarlo en el estado señalado, de manera tal que de no cumplirse con ello procedería el recurso de queja por no acatarse debidamente la ejecutoria.
Precedentes
Incidente de inejecución de sentencia 111/91. Comité Particular Agrario del Poblado "Niños Héroes y su anexo Revolución Mexicana". 9 de diciembre de 1991. Mayoría de tres contra el del Ministro Ignacio M. Cal y Mayor Gutiérrez. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.