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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. CLXII/91Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206880
Clave de tesis
3a. CLXII/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 53

PLENO DE LA SUPREMA CORTE. A EL CORRESPONDE LA COMPETENCIA PARA CONOCER DEL CONFLICTO COMPETENCIAL SUSCITADO ENTRE UN JUEZ FEDERAL Y UNO LOCAL ESPECIALIZADOS EN MATERIA CIVIL, QUE REQUIERE PARA SU RESOLUCION EL DETERMINAR SI LA CONTROVERSIA EN EL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO EN QUE SE PRESENTA VERSA SOBRE DERECHO MARITIMO O SE REFIERE SOLO A LA MATERIA MERCANTIL.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Diciembre de 1991; Pág. 53

Precedentes

Competencia civil 109/91. Suscitada entre los jueces Vigésimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal y Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal. 23 de septiembre de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Rocha Díaz. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot.
Registro digital (IUS): 206880