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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. CLII/91Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206884
Clave de tesis
3a. CLII/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 53

ACTIVO DE LAS EMPRESAS, IMPUESTO AL. LA LEY QUE LO ESTABLECE CONTIENE DISPOSICIONES RELACIONADAS ENTRE SI, LO QUE DA LUGAR A QUE QUIENES SE ENCUENTRAN EN LOS SUPUESTOS DE SU AUTOAPLICACION, TENGAN INTERES JURIDICO EN RECLAMAR CUALQUIERA DE LOS PRECEPTOS QUE REGULAN EL SISTEMA ESPECIFICO PREVISTO PARA LA CATEGORIA DE CONTRIBUYENTE QUE SE DEMOSTRO SER.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 53

Precedentes

Amparo en revisión 3140/90. Escala Internacional, S.A. de C.V. 21 de octubre de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Impedido: José Trinidad Lanz Cárdenas. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. En su ausencia hizo suyo el proyecto Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot. Amparo en revisión 1654/90. Inmobiliaria Anvar, S.A. de C.V. 21 de octubre de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Impedido: José Trinidad Lanz Cárdenas. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. En su ausencia hizo suyo el proyecto Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.
Registro digital (IUS): 206884