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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. CLIII/91 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206885
Clave de tesis
3a. CLIII/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 53

ACTIVO DE LAS EMPRESAS, IMPUESTO AL. LAS SOCIEDADES MERCANTILES NO TIENEN INTERES JURIDICO EN RECLAMAR LOS PRECEPTOS RELATIVOS AL SISTEMA ESTABLECIDO PARA ARRENDADORES.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 53

Precedentes

Amparo en revisión 3140/90. Escala Internacional, S.A. de C.V. 21 de octubre de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Impedido: José Trinidad Lanz Cárdenas. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. En su ausencia hizo suyo el proyecto Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor. Amparo en revisión 1654/90. Inmobiliaria Anvar, S.A. de C.V. 21 de octubre de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Impedido: José Trinidad Lanz Cárdenas. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. En su ausencia hizo suyo el proyecto Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor.
Registro digital (IUS): 206885