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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. CXL/91Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206903
Clave de tesis
3a. CXL/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 18

ATRACCION, FACULTAD DE. QUIENES SOLICITEN SU EJERCICIO DEBEN MANIFESTAR CON CLARIDAD LAS RAZONES QUE JUSTIFIQUEN LA EXCEPCIONALIDAD DEL ASUNTO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 18

Precedentes

Amparo en revisión 978/91. Gamesa, S.A. de C.V. 9 de septiembre de 1991. Cinco votos. Ponente: José Trinidad Lanz Cárdenas. Secretario: Sabino Pérez García.
Registro digital (IUS): 206903