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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. CXXXVII/91Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206904
Clave de tesis
3a. CXXXVII/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 18

IMPROCEDENCIA POR RECLAMAR EL ACTO EN DOS AMPAROS. NO ES OBSTACULO PARA DECLARARLA EN EL SEGUNDO JUICIO EL QUE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES CUMPLAN POR SI MISMAS LA SENTENCIA DICTADA EN EL PRIMERO, PENDIENTE DE RESOLUCION EN REVISION, POR NO ESTAR CONFORME EL QUEJOSO CON LOS EFECTOS PARA LOS CUALES SE LE CONCEDIO LA PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Octubre de 1991; Pág. 18

Precedentes

Amparo en revisión 90/91. Banca Cremi, S.N.C. 9 de septiembre de 1991. Cinco votos. Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Diógenes Cruz Figueroa.
Registro digital (IUS): 206904