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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. XXXVI/91 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206939
Clave de tesis
3a. XXXVI/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 90

REGLAMENTOS HETEROAPLICATIVOS. REQUISITOS PARA QUE PROCEDA EL AMPARO CONTRA ELLOS.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 90

Precedentes

Amparo en revisión 4904/90. Rancho Piomo Tamboreo, S.A. de C.V. 21 de enero de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Ponente. José Antonio Llanos Duarte. Secretario: Gabriel Montes Alcaraz.
Registro digital (IUS): 206939