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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. XCVI/91Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206967
Clave de tesis
3a. XCVI/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 98

REPETICION DEL ACTO RECLAMADO. NO SE INCURRE EN EL SI LOS ACTOS DENUNCIADOS COMO TALES FUERON CONSENTIDOS Y EFECTUADOS TAMBIEN POR LOS QUEJOSOS.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 98

Precedentes

Incidente de Inconformidad 34/90. Magdaleno Salas Aldama y otros. 13 de mayo de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.
Registro digital (IUS): 206967