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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. CII/91 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
206973
Clave de tesis
3a. CII/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 101

VOTO PARTICULAR EN UNA SENTENCIA DE AMPARO. ES UN DERECHO QUE TAMBIEN PUEDEN EJERCER LOS MAGISTRADOS DE CIRCUITO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 101

Precedentes

Recurso de reclamación en el amparo directo en revisión 533/91. Inmobiliaria Nacional del Valle de México, S.A. de C.V. y otros. 13 de mayo de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: Francisco Javier Cárdenas Ramírez.
Registro digital (IUS): 206973