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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. LXIII/91Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207004
Clave de tesis
3a. LXIII/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 19

CERTIFICACIONES NOTARIALES SIN FIRMAR. CARECEN DE VALIDEZ Y AUTENTICIDAD AUNQUE CONSTE EN ELLAS EL SELLO DE AUTORIZAR (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 19

Precedentes

Amparo en revisión 4678/90. Shizuki Electrónica, S.A. de C.V. 11 de marzo de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: Abraham S. Marcos Valdés.
Registro digital (IUS): 207004