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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. LXII/91Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207008
Clave de tesis
3a. LXII/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 21

IMPEDIMENTO. NO ES APLICABLE POR ANALOGIA LA CAUSA DE PARENTESCO PREVISTA POR LA FRACCION I DEL ARTICULO 66 DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 21

Precedentes

Impedimento 13/91. Propuesto por el Magistrado Antonio Cordero Corona, integrante del Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito. 11 de marzo de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Rocha Díaz. Secretario: Antonio Marmolejo López.
Registro digital (IUS): 207008