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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. XLVI/91Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207018
Clave de tesis
3a. XLVI/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 47

COMPETENCIA. DEBE RESOLVERSE AUNQUE EXISTA DESISTIMIENTO DE LA ACCION SI EL ESCRITO RELATIVO NO HA SIDO ACORDADO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 47

Precedentes

Competencia civil 185/90. Suscitada entre los jueces Primero de Distrito en el Estado de Zacatecas y del Ramo Civil en turno de Zacatecas. 25 de febrero de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.
Registro digital (IUS): 207018