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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. XLVIII/91Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207023
Clave de tesis
3a. XLVIII/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 49

INEJECUCION DE SENTENCIA. QUEDA SIN MATERIA EL INCIDENTE SI LA QUEJOSA ACEPTA EL CUMPLIMIENTO SUBSTITUTO DE LA EJECUTORIA.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 49

Precedentes

Incidente de inejecución de sentencia 14/74. Ana María Ortiz viuda de Pedrero. 25 de febrero de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.
Registro digital (IUS): 207023