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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. VII/91 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207040
Clave de tesis
3a. VII/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 45

ACTO DE APLICACION. NO TIENE TAL CARACTER LA SOLICITUD DE PRORROGA Y CONDONACION DE RECARGOS RESPECTO DEL ARTICULO 5o. DE LA LEY DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1989.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 45

Precedentes

Amparo en revisión 3984/90. Industrial Eléctrica Filor, S.A. 23 de noviembre de 1990. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac-Gregor Poisot. Véase: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo 57, septiembre de 1992, tesis P. LXVII/92, página 33, de rubro "ACTO DE APLICACION. NO TIENE TAL CARACTER LA SOLICITUD DE PRORROGA Y CONDONACION DE RECARGOS RESPECTO DEL ARTICULO 5o. DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1989.".
Registro digital (IUS): 207040