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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
CXXXIX/90 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207075
Clave de tesis
CXXXIX/90
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 146

COMPETENCIA. DEBE DIRIMIRSE EL CONFLICTO EN FAVOR DEL JUEZ QUE ELIJA EL ACTOR CUANDO SE ESTA EN PRESENCIA DE AMBITO COMPETENCIAL PRIVILEGIADO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 146

Precedentes

Competencia 111/90. Suscitada entre los jueces Vigésimo Cuarto de lo Familiar del Distrito Federal y Segundo de Primera Instancia del Ramo Familiar de Culiacán Sinaloa. 5 de octubre de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: E. Gustavo Núñez Rivera.
Registro digital (IUS): 207075