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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
CXIII/90Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207077
Clave de tesis
CXIII/90
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 147

COMPETENCIA DE TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. CUANDO DOS PROYECTOS DIFERENTES Y SUCESIVOS NO OBTIENEN MAYORIA CORRESPONDE AL QUE SIGUE EN NUMERO, SI EXISTEN VARIOS EN LA MISMA RESIDENCIA.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 147

Precedentes

Competencia 108/90. Suscitada entre los Tribunales Colegiados en Materia Civil del Primer Circuito, Segundo y Tercero. 20 de agosto de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Antonio Llanos Duarte. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Sergio Novales Castro.
Registro digital (IUS): 207077