Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/207083
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
CXXVIII/90Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207083
Clave de tesis
CXXVIII/90
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 150

COMPETENCIA POR INHIBITORIA. EL TERMINO PARA INTERPONERLA ES DE TRES DIAS (CODIGOS PROCESALES DE OAXACA Y DE PUEBLA).

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 150

Precedentes

Competencia civil 123/90. Suscitada entre los jueces Cuarto de lo Familiar de Puebla y Primero de la Familiar de Oaxaca. 10 de septiembre de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Rocha Díaz. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.
Registro digital (IUS): 207083