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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
CXV/90 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207091
Clave de tesis
CXV/90
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 157

ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES Y ESPECTACULOS PUBLICOS EN EL DISTRITO FEDERAL. EL ARTICULO 30 DEL REGLAMENTO RELATIVO QUE ESTABLECE QUIENES EJERCERAN LAS FUNCIONES DE INSPECCION Y VIGILANCIA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL, NO AFECTA EL INTERES JURIDICO DEL SUJETO PASIVO DE UNA VISITA DE INSPECCION, SI A ESTE LE ES ENTREGADA LA ORDEN RESPECTIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE PARA ELLO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 157

Precedentes

Amparo en revisión 3490/90. Santa Noriega Guerrero. 20 de agosto de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Antonio Llanos Duarte. Ponente: Salvador Rocha Díaz. Secretario: José Pastor Suárez Turnbull.
Registro digital (IUS): 207091